Antes de que un futuro franquiciado firme nada o entregue un solo euro, la ley obliga al franquiciador a ponerle sobre la mesa toda la información relevante del negocio por escrito. Ese documento se llama Documento de Información Precontractual (DIP) y, a diferencia de otras exigencias del sector que han ido desapareciendo con los años, sigue plenamente vigente. Si estás preparando tu red para franquiciar tu negocio, entender qué es, cuándo entregarlo y qué debe contener no es opcional: es una obligación legal cuyo incumplimiento puede poner en riesgo tus contratos.
Qué es el DIP y por qué es obligatorio
El DIP es el documento escrito mediante el cual el franquiciador traslada al candidato a franquiciado toda la información veraz y no engañosa necesaria para decidir con conocimiento de causa si invierte en la franquicia. Su base legal es el artículo 62 de la Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista, desarrollado por el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, que regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia. Esta obligación de información precontractual sigue en vigor hoy: no debe confundirse con la antigua inscripción en el Registro de Franquiciadores, que sí desapareció como trámite obligatorio en 2018. Son dos obligaciones distintas y solo una de ellas sigue exigible: la entrega del DIP.
Plazo de entrega: veinte días hábiles
El artículo 3 del RD 201/2010 fija que el franquiciador debe entregar el DIP por escrito con una antelación mínima de veinte días hábiles respecto a la firma del contrato o precontrato de franquicia, o respecto a la entrega por parte del futuro franquiciado de cualquier cantidad en concepto de pago. El plazo se cuenta hacia atrás desde la primera de esas dos fechas que se produzca, así que si el candidato va a hacer un primer pago antes de firmar, el reloj de los veinte días empieza a correr desde ese pago, no desde la firma.
Incumplir este plazo no conlleva una nulidad automática del contrato, pero sí abre la puerta a que el franquiciado alegue vicio del consentimiento (error) si logra acreditar que la falta o el retraso de información fue determinante en su decisión de invertir. La jurisprudencia española ha admitido en varios casos la anulabilidad del contrato y la correspondiente indemnización de daños y perjuicios cuando el franquiciador no cumplió con esta entrega en tiempo y forma. En la práctica, esto significa que documentar la fecha exacta de entrega del DIP —con acuse de recibo firmado por el franquiciado— es tan importante como su propio contenido.
Qué debe incluir el DIP: contenido obligatorio
El artículo 3 del RD 201/2010 detalla los bloques de información que el DIP debe recoger por escrito:
- Identificación del franquiciador: nombre o razón social, domicilio, capital social, datos de inscripción en el Registro Mercantil y, si el franquiciador es extranjero, los datos equivalentes de su país.
- Acreditación sobre la marca: titularidad o licencia válida de la marca y demás derechos de propiedad industrial para España, incluyendo si existe algún litigio pendiente sobre ellos.
- Descripción general del sector de actividad objeto de la franquicia.
- Experiencia de la empresa: fecha de creación, principales etapas de su evolución y desarrollo de la red de franquicias.
- Contenido y características de la franquicia: explicación general del sistema de negocio, formación y asistencia ofrecidas, y una estimación de la inversión y los gastos necesarios para poner en marcha un establecimiento tipo.
- Estructura y extensión de la red en España: organización, número de establecimientos propios y franquiciados, y bajas que se hayan producido en la red en los dos últimos años.
- Elementos esenciales del acuerdo de franquicia: derechos y obligaciones de las partes, duración del contrato, condiciones de renovación, rescisión y cesión, condiciones económicas (canon de entrada, royalties, aportaciones), exclusividad territorial y restricciones a la actividad del franquiciado.
Toda esta información debe presentarse de forma clara, veraz y no engañosa: no basta con "cumplir el expediente", porque un dato inexacto o exagerado (por ejemplo, sobre facturación media o número de aperturas) puede volverse en contra del franquiciador si el franquiciado lo usa después como prueba de error en el consentimiento.
DIP y contrato de franquicia: no son lo mismo
Es habitual que franquiciadores primerizos confundan ambos documentos. El DIP es informativo y precontractual: no genera por sí mismo obligaciones vinculantes de inversión ni de apertura, su función es permitir que el candidato decida con datos reales antes de comprometerse. El contrato de franquicia, en cambio, es el acuerdo vinculante que regula la relación una vez ambas partes deciden seguir adelante: derechos de uso de marca y know-how, royalties, duración, territorio, causas de resolución, etc. El DIP se entrega antes; el contrato se firma después, nunca antes de que hayan transcurrido esos veinte días hábiles.
Errores frecuentes de franquiciadores al redactar el DIP
- Entregarlo tarde o junto con el contrato, en la misma reunión de firma, lo que anula el propósito del plazo legal y deja al franquiciador expuesto.
- No dejar constancia documental de la fecha de entrega (sin acuse de recibo firmado, es difícil probar que se cumplió el plazo).
- Omitir las bajas de la red de los últimos años, un dato incómodo pero obligatorio que aporta transparencia real sobre la salud de la franquicia.
- Usar cifras de facturación o rentabilidad no contrastadas, presentadas como promesas en lugar de estimaciones justificadas.
- Copiar un DIP genérico de otro sector sin adaptarlo a la estructura real de la propia red, el modelo de negocio y las condiciones económicas vigentes.
- Redactarlo sin asesoría legal, confiando en plantillas encontradas en internet que no recogen todos los apartados exigidos por el RD 201/2010.
Cómo estructurar un DIP modelo: índice orientativo
No existe una plantilla oficial única, pero un DIP bien construido suele organizarse siguiendo, en este orden, los bloques que marca la ley:
- 1. Identificación del franquiciador y datos registrales
- 2. Titularidad de la marca y otros derechos de propiedad industrial
- 3. Descripción del sector y del mercado en el que opera la franquicia
- 4. Historia y experiencia de la empresa y de la red
- 5. Descripción del modelo de negocio, know-how, formación y asistencia
- 6. Estimación de inversión inicial y gastos de puesta en marcha
- 7. Estructura, extensión y evolución de la red (altas y bajas)
- 8. Condiciones económicas y elementos esenciales del contrato
- 9. Anexos: cuentas, modelo de contrato de referencia, otra documentación de soporte
Este índice sirve como guía de trabajo, no como sustituto de un DIP redactado por un despacho especializado en franquicias: cada red tiene particularidades (múltiples marcas, master franquicias, mercados internacionales) que conviene revisar con asesoría legal antes de entregarlo. Tener ya preparado un dossier de franquicia sólido facilita mucho esta tarea, porque buena parte de la información comercial y de red que necesitas para el DIP ya está reunida y verificada.
Si todavía estás valorando si tu negocio está listo para dar el salto, en el asistente de ZonaFranquicia puedes resolver dudas sobre el proceso de franquiciar y qué documentación necesitarás preparar en cada fase, además de consultar toda la guía completa en cómo franquiciar tu negocio.
